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PROCEDIMIENTO
Determinación y liquidación del impuesto predial unificado
Versión 1
Código PSI-SFC-PR-019
Proceso Servicios Financieros y Contables Estado Vigente
1. OBJETIVO
Establecer los lineamientos para la causación, determinación, liquidación, facturación, cobro y recaudo del Impuesto Predial Unificado  
2. ALCANCE
Inicia con la recepción de la información del Gestor Catastral y termina con el envío anual de los títulos ejecutivos de deudores morosos a la Oficina de Recursos Tributarios 
3. RESPONSABLE
Profesional Universitario
4. CONDICIONES GENERALES
Exoneraciones: Los exonerados del pago del impuesto predial, deben quedar liquidados para conocer al detalle los valores de exoneraciones otorgadas por el municipio, razón por la cual las exoneraciones deben realizarse después de la liquidación masiva del IPU.

Sobretasa ambiental: Cada predio debe pagar una sobretasa ambiental (Corpocaldas) de una tarifa que actualmente se encuentra en el dos (2) por mil (1000)

Envío físico del acto administrativo (título valor): El envío que se haga del acto administrativo a la dirección del contribuyente surte efecto de divulgación adicional sin que la omisión de esta formalidad invalide la notificación efectuada.

Se realizan visitas aleatoriamente con el fin de verificar la destinación especifica de los predios reportados por el IGAC, porque tengan alguna especificación en el avalúo o porque el avalúo sea muy grande.

A los predios rurales también se les programan visitas para verificar la destinación de los predios, especialmente para verificar si son recreacionales o no recreacionales.  
5. DEFINICIONES
5.1. Base Gravable Predial: La base gravable del impuesto, es el valor que mediante autoavalúo establezca el contribuyente, que debe corresponder, como mínimo, al avalúo catastral vigente al momento de causación del impuesto.  
5.2. Impuesto Predial: El impuesto predial grava la propiedad o posesión de bienes inmuebles y predios, ya sea que tengan naturaleza urbana o rural. Estrictamente, una de sus características es la de ser un tributo sobre el valor del suelo, no sobre el de la edificación.  
6. DOCUMENTACIÓN EXTERNA RELACIONADA

Ley 1995 2019 Dicta normas catastrales e impuestos sobre la propiedad raíz, indicando que los catastros se regirán por lo dispuesto en el modelo de catastro multipropósito. Los criterios y las normas para inscripción por primera vez, como los de conservación y actualización se ajustarán al mencionado modelo.
Directiva Presidencial 10 2019 Genera mecanismos que garanticen una articulación Institucional e Intercambio de Información para el diseño e implementación del Sistema de Administración de Tierras y Catastro Multipropósito
Acuerdo Municipal 928 2016 Por medio del cual se conceden unos beneficios tributarios: exoneración del impuesto predial unificado a predios urbanos y rurales hasta el año 2021.
Acuerdo Municipal 937 2016 Sobretasa Corpocaldas
Acuerdo Municipal 861 2014 Por medio del cual se establecen estímulos al patrimonio cultural en el municipio de Manizales y se dictan otras disposiciones.
Resolución 1055 2012 Instituto geográfico Agustín Codazzi Modifica parcialmente la Resolución número 70 de 2011 Por la cual se reglamenta técnicamente la formación catastral, la actualización de la formación catastral y la conservación catastral.
Resolución 70 2011 Instituto geográfico Agustín Codazzi por medio de la cual se reglamenta técnicamente la formación catastral, la actualización de la formación y la conservación catastrales
Ley 1450 2011 Expide el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, Prosperidad para Todos. Modifica el artículo 4° de la Ley 44 de 1990 sobre la tarifa del Impuesto Predial Unificado (art. 23) e impone a las autoridades catastrales la obligación de formar catastros o actualizarlos dentro de períodos máximos de 5 años, con el fin de revisar los elementos físicos o jurídicos del catastro originados en mutaciones físicas, variaciones del uso o de productividad, obras públicas o condiciones locales del mercado inmobiliario (art. 24)
Ley 675 2001 Por medio de la cual se expide el régimen de propiedad horizontal.
Ley 44 1990 Por la cual se dictan normas sobre catastro e impuesto sobre la propiedad raíz y se dictan otras disposiciones de carácter tributario
Ley 75 1986 Por medio de la cual se expiden normas en materia tributaria en materia de catastro
Decreto Reglamentario 2024 1982 Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 56 de 1981
Ley 56 1981 Por la cual se dictan normas sobre obras públicas de generación eléctrica, y acueductos, sistemas de regadío y otras y se regulan las expropiaciones y servidumbres de los bienes afectados por tales obras, disponen que el impuesto predial complementario para las empresas generadoras de energía eléctrica corresponde a una compensación que debe calcularse aplicando, al área adquirida por la entidad propietaria, una tasa igual al 150% de la que corresponde al impuesto predial vigente
Decreto 1301 1940 Reglamenta la Ley 65 de 1939 sobre catastro
Ley 65 1939 Por la cual se dictan normas para unificar los sistemas del catastro nacional
7. DESARROLLO
QUÉ SE HACE QUIÉN LO HACE REGISTRO CÓMO LO HACE
Recibir la información del gestor catastral   - Profesional Universitario 
Oficio
CD
Base de datos 
El gestor catastral envía la información catastral mediante oficio que contiene un CD adjunto en el que se visualiza base de datos con el avalúo catastral, el dueño del predio con número de identificación, destinación del predio, número de ficha catastral, dirección del predio y si es urbano o rural 
Cargar la información enviada por el gestor catastral en el Sistema de Impuestos Municipales (SISCAR)  - Profesional Especializado 
Cargue masivo  
El ingeniero de determinación y liquidación realiza el cargue de la información enviada (archivo plano) por el gestor catastral en el sistema de impuestos municipales (SISCAR)  
Actualizar la información y parámetros de base en el sistema de impuestos municipales (SISCAR)  - Profesional Universitario 
Sistema de impuestos municipales (SISCAR) 
Los ingenieros de sistemas de determinación y liquidación deben ingresar al sistema de impuestos municipales (SISCAR) la información o parámetros base para la vigencia: Salario mínimo, porcentaje de intereses, sobretasa ambiental (CORPOCALDAS), periodos a liquidar, plazos de pago, estratificación, destinación del inmueble, tarifas para el cobro, a través del módulo (Administración - Configuración) 
Liquidar masivamente el Impuesto Predial Unificado en el sistema de impuestos municipales (SISCAR)  - Profesional Universitario 
Sistema de impuestos municipales (SISCAR) 
Después de haber ingresado las tarifas y marcaciones en el sistema, se procede a realizar la liquidación masiva para todos los predios, de manera automática en el sistema de impuestos municipales (SISCAR) a través del módulo (Administración - Configuración) 
Determinar los predios exonerados   - Profesional Universitario 
Sistema de impuestos municipales (SISCAR) 
Teniendo en cuenta los acuerdos vigentes, se deben establecer los predios exonerados del pago del impuesto predial unificado: Por monto para vivienda rural o urbano, predios destinados para agricultura, Juntas de Acción Comunal - JAC, predios destinados a la salud, predios destinados a temas culturales, predios oficiales, NOTA: Las exoneraciones son directamente tomadas por el sistema de impuestos municipales (SISCAR) 
Realizar cruces generales para verificar la liquidación del impuesto predial unificado   - Profesional Universitario 
Filtros y bases de datos  
Se realiza verificación a través de cruces de bases de datos para determinar si el sistema liquidó bien el impuesto predial de acuerdo a los parámetros que le fueron asignados  
Verificar aleatoriamente la liquidación masiva del impuesto predial unificado   - Grupo Determinación y Liquidación 
Bases de datos  
Se escogen aleatoriamente predios a los cuales se les revisa: Nombre e identificación del propietario, ficha catastral, avalúo catastral, dirección del predio, destinación y estratificación, tarifa IPU, total de liquidación versus estado de cuenta 
Generar los títulos valor del impuesto predial unificado   - Grupo Determinación y Liquidación 
Acto administrativo o título valor  
Se debe expedir el acto administrativo de todos los predios, tanto rurales como urbanos.  
Notificar al contribuyente los títulos valor del Impuesto Predial Unificado   - Grupo Determinación y Liquidación 
Publicación en la página web
Cartelera física de la entidad
 
Los actos administrativos (títulos valor) deben ser publicados en la página web y en la cartelera de la entidad como medio de notificación al contribuyente  
Realizar reliquidaciones del impuesto predial unificado por ajustes del gestor catastral en el sistema de impuestos municipales (SISCAR)  - Profesional Universitario 
Resolución cargada en el sistema de impuestos municipales (SISCAR)

Liquidación del IPU corregida
 
Cuando se envíen resoluciones por mutaciones por parte del gestor catastral (cambio de propietario, englobe o desenglobe, por incorporación de nuevas construcciones o edificaciones o por demolición, auto estimaciones o ajustes anuales a los avalúos catastrales y por inscripción de predios o mejoras por edificaciones no declaradas u omitidas en procesos de formación o actualización catastral) se deben cargar dichas resoluciones en el sistema y realizar la reliquidación del impuesto predial unificado si se requiere  
Notificar el título valor modificado con la corrección aplicada por la mutación reportada por el gestor catastral   - Profesional Universitario 
Notificación al contribuyente 
Cuando la mutación sea englobe o desenglobe, por incorporación de nuevas construcciones o edificaciones o por demolición, auto estimaciones o ajustes anuales a los avalúos catastrales y por inscripción de predios o mejoras por edificaciones no declaradas u omitidas en procesos de formación o actualización catastral, se debe enviar notificación al contribuyente con el título valor corregido  
Emitir y entregar los documentos de cobro masivo del impuesto predial unificado   - DATASOFT 
Facturas del impuesto predial unificado  
A partir del segundo bimestre de cada vigencia se liquida el impuesto predial unificado y se envía o entrega en ventanilla documento de cobro a las personas que se hayan acogido al pago bimestral  
Recibir y atender las reclamaciones de los contribuyentes frente a las facturas del impuesto predial unificado   - Grupo Determinación y Liquidación 
PQRS
GED
Derecho de petición verbal 
Se reciben a través de correspondencia, ventanilla única o de manera verbal en el grupo de determinación y liquidación, las reclamaciones de los contribuyentes frente a las facturas del impuesto predial unificado. los casos son analizados en el grupo de determinación y liquidación y en caso de que los mismos presenten cambios en la facturación del IPU se informa al contribuyente y se le entrega la factura corregida  
Realizar el recaudo del impuesto predial unificado   - Entidades Financieras 
Desprendibles de pago
Archivos plano ASOBANCARIA  
Cada semana se recoge en las entidades financieras y en tesorería, los váuchers de pago y/o desprendibles de pago del impuesto predial unificado. Adicionalmente de las entidades financieras con las que se tiene convenio de recaudo, se recibe de manera diaria el archivo plano de recaudo.  
Aplicar y verificar la aplicación de pagos en el sistema de impuestos municipales   - Profesional Universitario 
Recaudo aplicado en el sistema de impuestos municipales (SISCAR)  
De manera diaria se realiza el cargue en el sistema de impuestos municipales (SISCAR) de los archivos planos enviados por las entidades financieras con el fin de aplicar el recaudo en el sistema  
Aplicar los cierres de mes y elaborar los informes financieros   - Profesional Universitario 
Cierre de mes aplicado en el sistema
Auxiliar de ingresos (recaudo) 
De manera mensual y una vez cargados todos los archivos de recaudo del mes, se realiza cierre en el sistema de impuestos municipales (SISCAR) y posteriormente se descarga el auxiliar de ingresos para generación de informes o entrega de información necesaria con relación al recaudo mensual.  
Revisar de manera fidedigna los estados de cartera de los contribuyentes   - Grupo Determinación y Liquidación 
Informe deudores morosos impuesto predial unificado 
Al finalizar la vigencia fiscal, se deben revisar los estados de cuenta de los contribuyentes, en aras de determinar los contribuyentes que presentan mora en el pago del impuesto predial unificado  
Enviar a la Oficina de Recursos Tributarios los títulos valor de deudores morosos del impuesto predial unificado   - Profesional Universitario 
Oficio de remisión  
Al inicio de cada vigencia y previa revisión de los estados de cuenta de los contribuyentes, se envía a la oficina de Recursos Tributarios el reporte de los títulos valor de deudores morosos del impuesto predial unificado con el fin de que se inicie el cobro coactivo  
Solicitud y expedición de certificado de paz y salvo  - Profesional Universitario 
Certificado de paz y salvo con estado de cuenta en el expediente del predio en el sistema de impuestos municipales (SISCAR) 
Cuando el contribuyente se encuentre a paz y salvo de todas las vigencias del impuesto predial unificado, incluida la vigencia actual (completa), solicita a través de las siguientes maneras la expedición del certificado de paz y salvo
1. Trámites notariales: Directamente en la notaría
2. Trámites bancarios o mejoramiento de vivienda: Se solicita en el grupo de determinación
3. Solicitud personal: A través del correo electrónico contacto@manizales.gov.co 
8. CONTENIDO
LISTA DE VERSIONES
VERSIÓN FECHA RAZÓN DE LA ACTUALIZACIÓN
ELABORÓ
REVISÓ
APROBÓ
 
Nombre: Johanna Arbelaez Loaiza
Cargo: Ninguno
Fecha: 25/Mar/2023
 
Nombre: Olga Lucia Acosta Orozco
Cargo: Profesional Universitario
Fecha: 27/Mar/2023

 
Nombre: Juan David Londoño Giraldo
Cargo: Profesional Universitario
Fecha: 27/Mar/2023

 
Nombre: Jhon Fredy Cardona Valencia
Cargo: Profesional Universitario
Fecha: 11/Sep/2023